miércoles, 6 de diciembre de 2006

Viva la Pepa

Cuando llega esta fecha del 6 de diciembre reconozco que no me remonto a 1978, ni me vienen a la imaginación esas reuniones entre Cisneros, Roca, Fraga, Peces Barba y compañía, sino que inevitablemente viajo hasta el Cádiz de 1812, con los franceses campando a sus anchas por estos lares y unos cuantos enamorados de la libertad tejiendo leyes para que vuelta Su Majestad a la patria, España caminase por sendas modernas y de progreso. Pero no pudo ser. Hubo que esperar demasiado. Algunos de los artículos de aquella primera Constitución Española no tienen desperdicio. Veamos:

Artículo 1.- La Nación española es la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios.

Artículo 2.- La Nación española es libre e independiente, y no es ni puede ser patrimonio de ninguna familia ni persona.

Artículo 6.- El amor de la Patria es una de las principales obligaciones de todos los españoles y, asimismo, el ser justos y benéficos.

Artículo 13.- El objeto del Gobierno es la felicidad de la Nación, puesto que el fin de toda sociedad política no es otro que el bienestar de los individuos que la componen.

En http://www.cervantesvirtual.com/ se encuentra el texto completo.

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Hay muchas cosas curiosas en aquel texto del 19 de Marzo (qué día quedó marcada) de 1812. Ya solamente el ¡Viva la Pepa!, grito con el que proclamaban los liberales españoles su adhesión a la Constitución de Cádiz
Por ejemplo, aunque eran otros tiempos, hay que destacar que buscaba seguir con las normas tradicionales de la monarquía, pero dejando claro el liberalismo democrático en la separación de poderes. Se marcaba el fin de los estamentos.
Esta constitución fue la primera, aunque duró solamente un año, ya que la vuelta del exilio de Fernando VII provocó su derogación (de hecho creo que la derogó él mismo) pero volvió a estar vigente de nuevo entre 1820 y 1823. Posteriormente sirvió de base para la siguiente constitución, ya de 1837.
Hay que recordar que desde las primeras constituciones, de 1812, hemos tenido luego otras 8, por si algún despistado creía que solo había habido dos (solo nos acordamos de la primera y de la última..)

Anónimo dijo...

Tomás, se te olvidó - igual que a mí - comentar el artículo 2.

Para que se vea cuánto han cambiado los tiempos - o la gente, que de todo hay - se me olvidó comentar un aspecto curioso para unos, nostálgico para otros, demente para los más radicales, y es referente al capítulo II:

Art. 12. La religión de la Nación española es y será perpetuamente la católica, apostólica, romana, única verdadera. La Nación la protege por leyes sabias y justas y prohibe el ejercicio de cualquiera otra.

Como se puede observar , las cosas han cambiado una barbaridad